Según
la Ley 100 de 1993, Toda Entidad Prestadora de Salud, debe prestar diferentes
programas de atención dirigidos al a población, tanto a nivel hospitalario como
a nivel comunitario, lo cual involucra Programas de Promoción de Salud y
Prevención de la Enfermedad, manteniendo la Demanda Inducida, las cuales son todas las acciones encaminadas a
informar y educar a la población afiliada, con el fin de dar cumplimiento a las
actividades, procedimientos e intervenciones de protección específica y
detección temprana establecidas en las normas técnicas de la Resolución 412 de
2000.
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